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Gestión colectiva de contrataciones en origen para 2023

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado recientemente la Orden ISM/1302/2022, de 27 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2023, de la que destacamos:

El nuevo modelo de migración circular que detalla la orden incorpora autorizaciones de cuatro años, que permitirán trabajar a estas personas extranjeras un máximo de nueve meses por año, en las condiciones establecidas por su autorización de residencia y trabajo. Tras la vigencia de esta autorización de cuatro años, existe la posibilidad de la prórroga por periodos de cuatro años de la misma, u optar por la residencia y trabajo en España, no asociada al retorno, a través de una autorización de residencia y trabajo de dos años de duración. Con ello, se abren marcos más estables y predecibles para las personas que migran, que otorgan expectativas realistas al cumplimiento de compromiso de retorno, y facilitan una considerable reducción de las cargas administrativas asociadas para todos los actores implicados.

(…)

CAPÍTULO I

Disposiciones generales relativas a la gestión colectiva de ofertas de empleo

Artículo 1. Características de las ofertas de empleo.

Artículo 2. Sujetos legitimados para solicitar la gestión colectiva de ofertas de empleo.

Artículo 3. Garantías para los trabajadores.

Artículo 4. Causas de denegación de la gestión colectiva de ofertas de empleo y de exclusión de los trabajadores en el procedimiento de gestión colectiva de contrataciones en origen.

CAPÍTULO II

Disposiciones relativas a los proyectos de migración circular

Artículo 5. Periodo anual de trabajo durante la vigencia de la autorización plurianual de trabajo.

Artículo 6. Cumplimiento del compromiso de regreso.

Artículo 7. Requisitos y procedimiento de autorización de cambios de empleador y de provincia.

Artículo 8. Prórroga de las autorizaciones de trabajo para la migración circular.

Artículo 9. Modificación de las autorizaciones de migración circular a autorizaciones de residencia y trabajo.

CAPÍTULO III

Disposiciones relativas a los proyectos de migración estable

Artículo 10. Elementos básicos de la contratación colectiva para proyectos de migración estable.

Artículo 11. Determinación de puestos estables.

CAPÍTULO IV

De la gestión de ofertas genéricas de empleo en migración circular y estable

Artículo 12. Presentación de solicitudes, plazo y órganos competentes para la tramitación de solicitudes de gestión de ofertas genéricas de empleo.

Artículo 13. Documentación que debe presentarse junto a la solicitud de gestión de ofertas genéricas de empleo.

Artículo 14. Tramitación de las solicitudes de gestión de ofertas genéricas de empleo.

Artículo 15. Selección de los trabajadores en el exterior.

Artículo 16. Procedimiento relativo a autorizaciones de residencia temporal y trabajo derivadas de la gestión de ofertas genéricas de empleo.

Artículo 17. Autorización provisional de trabajo supeditada a la obtención de una certificación o habilitación profesional para el ejercicio de una profesión.

CAPÍTULO V

De la gestión de ofertas de empleo de carácter nominativo

Artículo 18. Gestión de ofertas de empleo de carácter nominativo.

Artículo 19. Modelos de solicitud y documentación.

Artículo 20. Presentación de solicitudes y órgano de tramitación.

Artículo 21. Tramitación y resolución.

CAPÍTULO VI

De los procedimientos de gestión de ofertas de empleo de forma unificada y concatenada

Artículo 22. Procedimiento de gestión unificada de ofertas de empleo.

Artículo 23. Procedimiento de gestión concatenada de ofertas de empleo.

CAPÍTULO VII

De los visados

Artículo 24. Visados y documentación.

CAPÍTULO VIII

Del seguimiento de la orden de gestión colectiva

Artículo 25. Coordinación y seguimiento.

Artículo 26. Las Comisiones Provinciales de Flujos Migratorios.

(…)

Disposición final tercera. Vigencia.

La presente orden entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.

Nuestros abogados expertos en Migración, Extranjería y Nacionalidad Española, le ayudarán a consultar el estado de su tramitación.

 

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FUENTE: blogextranjeriaprogestion

 

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